Dirección de Discapacidad - Municipalidad de Concepción del Uruguay

Asignación Universal por Hijo

¿A quién le corresponde?

  • DESOCUPADOS: Aquellos que no perciban ninguna suma de dinero en concepto de Prestaciones Contributivas o No Contributivas,Subsidios, Planes, Jubilaciones, Pensiones, etc.
  • TRABAJADORES NO REGISTRADOS: Que ganen igual o menos del salario mínimo, vital y móvil
  • SERVICIO DOMÉSTICO: Que ganen igual o menos del salario mínimo, vital y móvil
  • MONOTRIBUTISTA SOCIALES

Se pagará a uno solo de los padres, tutor, curador, guardador o pariente por consanguinidad hasta el tercer grado( por ejemplo un abuelo, un tío, hermano mayor de 18 años), por cada menor de dieciocho (18) años que se encuentre a su cargo o sin límite de edad cuando se trate de un discapacitado, privilegiando a la mamá. La asignación se abonará hasta un máximo de 5 niños.

¿Qué requisitos se deben cumplir?

El titular
  • Tener DNI (La constancia de DNI en trámite no acredita identidad).
  • Residir en el país.
  • Ser argentino nativo o naturalizado o con residencia legal en el país mínima de 3 años.
  • Figurar en la Base de Personas de ANSES
  • Que sus hijos figuren en la Base de Personas de ANSES relacionados con el titular.
El hijo
  • Tener menos de 18 años de edad.
  • Ser hijo matrimonial o extramatrimonial, adoptado o estar bajo guarda, tutela, o estar a cargo de un pariente por consanguinidad hasta 3º grado (abuelo, tío, hermano)
  • Ser soltero.
  • Tener DNI (La constancia de DNI en trámite no acredita identidad).
  • Residir en el país.
  • Ser argentino nativo o naturalizado o con residencia legal en el país mínima de 3 años.
  • Figurar en la Base de Personas de ANSES relacionado con quien lo tiene a cargo.
El hijo con discapacidad
  • Contar con Autorización por Discapacidad vigente emitida por ANSES.
  • No tiene límite de edad.
  • Ser soltero.
  • Ser hijo matrimonial o extramatrimonial, adoptado o estar bajo guarda, tutela, o Curatela a la Persona, o estar a cargo de un pariente por consanguinidad hasta 3º grado (abuelo, tío, hermano).
  • Cuando el discapacitado sea mayor de edad y no tenga madre ni padre ni curador se abona la Asignación Universal por Hijo al pariente por consanguinidad o afinidad cuya obligación alimentaria, en los términos de los artículos 367, 368 y 370 del Código Civil, sea declarada o reconocida por Autoridad Judicial competente, ya sea a través de Sentencia o Información Sumaria.
  • Ser soltero, divorciado, separado legalmente o viudo.
  • Tener DNI (La constancia de DNI en trámite no acredita identidad).
  • Residir en el país.
  • Ser argentino nativo o naturalizado o con residencia legal en el país mínima de 3 años.
  • Figurar en la Base de Personas de ANSES relacionado con quien lo tiene a cargo.

La existencia de menores de 18 años y discapacitados que no cumplan las condiciones para generar el derecho al cobro de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, cualquiera fuere el motivo, no impedirá el cobro de la prestación a las personas que lo tienen a su cargo por el resto de los integrantes del grupo familiar en condiciones de percibirlo.

¿Cuánto se pagará?

$180 Por mes, por hijo (máximo 5) de la siguiente forma:

$144 (80%) - se percibirá directamente

$36 (20%) - restantes se depositarán en una cuenta a nombre del titular. Ese dinero sólo podrá ser retirado una vez al año, cuando demuestre que el niño concurrió a la escuela durante el ciclo escolar y cumplió con el plan de vacunación.

Por Hijo con Discapacidad el monto de la prestación es de $720 por mes:

$720 Por mes, por hijo (máximo 5) de la siguiente forma:

$576 (80%) - se percibirá directamente

$144 (20%) - restantes se depositarán en una cuenta a nombre del titular. Ese dinero sólo podrá ser retirado una vez al año, cuando demuestre que el niño concurrió a la escuela durante el ciclo escolar y cumplió con el plan de vacunación.

Para cobrar esta asignación, anualmente deberá presentar el certificado de cumplimiento del plan de vacunación obligatorio y del Control sanitario hasta los cuatro años de edad del hijo. Además, a partir de los cinco años del niño, también deberá presentar el certificado de asistencia escolar del año anterior, a un establecimiento de educación público.

¿Qué debo hacer para cobrarla?

Verifique si sus datos personales y los de su grupo familiar están registrados en la base de ANSES a través de algunos de los suguientes medios:


Para verificar la cantidad de hijos inscriptos envíe un SMS al 26737
A través de: Claro, Movistar y Personal. Costo final $0.16 más IVA.


Se abre en una ventana nueva http://auh.anses.gov.ar/
(Se abre en una ventana nueva)


Atención telefónica de ANSES

Si los datos personales y los del grupo familiar ya están registrados en ANSES, la asignación se cobrará de manera directa sin hacer ningún trámite.

Si luego de verificar sus datos Ud. encuentra que no están registrados, en Concepción del Uruguay deberá concurrir con la documentación en original y fotocopias (DNI; partidas de nacimiento; testimonios judiciales para guardas, tutelas y curatelas) a:

- ANSES ­ UDAI Concepción del Uruguay - España N° 51
- Oficina de Empleo ­ Ministerio de Trabajo - Leguizamon 86
- Secretaría de Desarrollo Social y Dirección de Discapacidad - Galarza 617

Se debe acreditar la identidad de los hijos y la del padre/tutor/Guardador/Curador/Pariente por Consanguinidad, mediante DNI.

Se debe acreditar el vínculo entre ambos mediante la presentación de la partida de nacimiento y, en los casos de guardas, tutelas y curatelas, los testimonios judiciales pertinentes y la documentación correspondiente para pariente por Consanguinidad.

Se abre en una ventana nueva Más información: http://www.anses.gob.ar/AAFF_HIJO2/
(Se abre en una ventana nueva)

Ley Nacional de Discapacidad | Ley Provincial de Discapacidad | Plan Nacional de Accesibilidad

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Teléfono: (03442) 432827 | e-mail:direcciondediscapacidadcdelu@hotmail.com

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