Dirección de Discapacidad - Municipalidad de Concepción del Uruguay

Cobertura de salud

Las personas con discapacidad deben recibir la cobertura total del tratamiento de la discapacidad certificada.

¿A qué está obligada su cobertura de salud?

Las obras sociales, tanto las sindicales como las provinciales (adheridas al sistema), la Medicina Prepaga, el PROFE, el PAMI y el Estado, están obligados a otorgar cobertura total de las prestaciones básicas enunciadas en la Ley 24.901.

¿Qué abarca la cobertura?

1- Prestaciones preventivas (que incluyen todo tipo de tratamientos, controles, exámenes necesarios para prevenir o detectar tempranamente cualquier tipo de discapacidad, desde el momento de la concepción).

2- Apoyo psicológico adecuado al grupo familiar.

3- Prestaciones de rehabilitación (cobertura integral de los recursos humanos, metodologías y técnicas necesarias, y por el tiempo y las etapas que cada caso requiera).

4- Prestaciones terapéuticas educativas (cobertura integral de técnicas y metodologías de ámbito terapéutico-pedagógico y recreativo).

5- Prestaciones educativas (comprende escolaridad en todos sus tipos, capacitación laboral, talleres de formación laboral y otros).

6- Prestaciones asistenciales (requerimientos básicos esenciales de la persona con discapacidad –hábitat, alimentación, atención especializada– a los que se accede de acuerdo a la situación socio-familiar del demandante.

7- Transporte especial, con el auxilio de terceros cuando fuere necesario.

8- Provisión de órtesis, prótesis, ayudas técnicas y otros aparatos ortopédicos.

9- Atención odontológica integral

10- Cobertura de un anestesista cuando fuere necesario.

11- Atención psiquiátrica

12- Medicamentos y psicofármacos, incluso que no se produzcan en el país.

13- Otros

Incluso corresponde la cobertura total de prestaciones a cargo de profesionales especialistas que no pertenezcan al cuerpo de la obra social y deban intervenir imprescindiblemente. También los estudios de diagnóstico y de control que no están contemplados dentro de los servicios que brinda la obra social.

Todo tipo de prestación que necesite una persona con discapacidad debe ser obligatoriamente cubierta por la obra social.

La cobertura debe ser total, cualquier tipo de limitación temporal o en cuanto al monto, es contraria al espíritu de la ley (opinión compartida por la Superintendencia del Seguro de Salud).

Lo único que se necesita es:
Acreditar la discapacidad con el certificado previsto en la ley 22.431
Tener un certificado con la prescripción médica.

¿Cómo solicitar las prestaciones?

Para solicitar las prestaciones que correspondan, deberá realizar siempre sus pedidos por nota dirigida al titular de la obra social, su prepaga o a la repartición pública, según corresponda, describiendo en la misma:
1- Datos del solicitante
2- Nº de beneficiario
3- Motivo de la solicitud
4- Adjuntar fotocopia del certificado de discapacidad y original de la prescripción médica.

Debe hacer una copia de esta nota y pedir que se la firmen y sellen. Es importante que la guarde ya que en caso de no recibir respuesta, esta copia sellada y firmada le servirá para futuros reclamos.

¿Qué hacer si su cobertura de salud no cumple con lo que la ley establece?

Debe realizar los reclamos por escrito a las entidades que correspondan.

En el caso de las Obras Sociales debe hacer la denuncia ante la Superintendencia de Servicios de Salud.
Dirección: Roque Sáenz Peña 530 PB
Teléfonos: 0800-222-72583 - (011) 4344-2800
Horario de atención 10:00 a 16:00 hs.

En el caso que se trate de incumplimientos por parte de su Medicina Prepaga, al no estar estas reguladas por la Superintendencia de Servicios de Salud, debe realizar la denuncia tanto en la Defensoría del Pueblo como en Defensa del Consumidor.

Defensor del Publo de la nación
Suipacha 365 - (C1008AAG) Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Horario: lunes a viernes, de 10:00 a 17:00 hs.
Teléfono: 0810-333-3762 / Fax: (011) 4819-1581
e-mail: defensor@defensor.gov.ar
Web: www.defensor.gov.ar

Defensa del consumidor:
Teléfono: 0800-666-1518
Web: www.consumidor.gov.ar
Oficina Concepción del Uruguay
9 de Julio N° 486 - CP (3260)
Telefono: (03442) 425820
e-mail: muniuruguay@yahoo.com.ar

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